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  • Derechos y Deberes de los Pacientes - Hacked by Jeowz Jeowz was here

    Derechos y Deberes de los Pacientes

    Sociedad de Medicina Reproductiva

    DERECHOS DE LOS PACIENTES

    • El paciente tiene derecho a recibir una atención médica integral  de sus problemas de salud, dentro de un funcionamiento eficiente de los  recursos sanitarios disponibles en la institución.
    • El paciente tiene derecho al respeto de su personalidad, dignidad humana e intimidad, sin que pueda ser discriminado por razones de tipo social, económico, moral e ideológico.
    • El paciente tiene derecho a la confidencialidad de toda información con su proceso, incluso secreto de estancia en centros y establecimientos sanitarios, salvo por exigencias legales que lo hagan imprescindible.
    • El paciente tiene derecho a  recibir información completa y continuada, verbal y escrita  de todo lo relativo a su  proceso, incluyendo diagnóstico, alternativas de tratamiento, sus riesgos y pronóstico, probabilidades de éxito,  que será facilitada en un lenguaje comprensible. En caso de que el paciente no quiera o no pueda  recibir dicha información, esta deberá proporcionarse a los familiares o personas legalmente responsables.
    • El paciente tiene derecho a la libre determinación entre las opciones que le presente el especialista responsable de su caso, siendo preciso su previo consentimiento expreso  a cualquier atención, excepto en los 4 siguientes casos:
    1. Cuando en situación de urgencias no se permita demoras para iniciar un tratamiento.
    2. Cuando el paciente no desee seguir un tratamiento.
    3. Cuando el paciente suponga un riesgo para la salud pública.
    4. Cuando el paciente no se encuentre en capacidad para tomar decisiones, en cuyo caso el derecho de decisión corresponderá a los familiares  o personas legalmente responsables.
    • El paciente tiene derecho a negarse al tratamiento, excepto en los casos señalados en el punto anterior, debiendo para ello solicitar el acta voluntaria en las condiciones que señala la ley.
    • El paciente tendrá derecho a que se le asigne un especialista cuyo nombre deberá conocer y que será su interlocutor válido con el equipo asistencial. En caso de ausencia otro especialista con las mismas capacidades asumirá sus responsabilidades.
    • El paciente tendrá derecho  a que quede constancia por escrito de  todo su proceso: esta información y las pruebas realizadas constituyen la Historia Clínica.
    • El paciente tiene derecho a que no se realicen  en su persona investigaciones, experimentos o  ensayos clínicos  sin una información  sobre métodos, riesgos y fines. Será imprescindible  la autorización por escrito por parte del paciente y la aceptación por parte del médico, de los principios básicos y normas que establece la Declaración de Helsinki. Las actividades docentes requerirán así mismo del consentimiento expreso del paciente.
    • El paciente tiene derecho  al correcto funcionamiento de los  servicios  asistenciales y aceptables de  higiene, seguridad y respeto de su intimidad.
    • El paciente tiene derecho  a  recibir cuanta información desee sobre los aspectos de las actividades asistenciales, que afecten su proceso y situaciones personales.
    • El paciente tiene derecho a  conocer las causas formales para presentar reclamaciones, quejas sugerencias  y en general, para comunicarse con la Administración de la institución.
    • En situaciones en que el paciente tiene una inconformidad o quiere resaltar el servicio brindado por cualquier dependencia de la institución. El paciente tiene derecho a ser atendido oportunamente, a ser escuchado y a entregarle una respuesta verbal o por escrito  por parte de la dependencia  responsable cuando sea solicitada.
    • El paciente tiene derecho  a agotar las posibilidades razonables de tratamiento y superación de su causa.
    • El paciente tiene derecho  a una asistencia  técnica correcta con personal competente. Un aprovechamiento  máximo de los medios disponibles. Una asistencia con los mínimos riesgos, dolor, molestias físicas y psíquicas.

    DEBERES DE LOS PACIENTES

    • El paciente tiene el deber de colaborar con el cumplimiento de las normas e instrucciones establecidas en cada unos de los consentimientos y contratos.
    • El paciente tiene el deber de tratar con el máximo respeto al personal de REPROTEC a los otros pacientes y  a  los acompañantes.
    • El paciente tiene el deber de solicitar información  sobre las normas de funcionamiento de REPROTEC y los canales de comunicación (quejas, sugerencias, reclamaciones y preguntas). Debe conocer el nombre del médico.
    • El paciente tiene el deber de  cuidar las instalaciones y de colaborar en el mantenimiento de las instalaciones consultorios, sala de examen, sala de ecografía, toma de muestras de REPROTEC.
    • El paciente tiene el deber de firmar el documento de Acta Voluntaria, en los casos de no aceptación de los métodos de tratamiento.
    • El paciente tiene el deber de  utilizar las vías de reclamación y sugerencias.
    • El paciente tiene el deber de exigir que se cumplan sus derechos.